Da 2 Reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia
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»D.A. 2ª.-Registro de unidades de vinculación de perros de asistencia.
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1. Adscrito al departamento competente en materia de servicios sociales, se crea el Registro de unidades de vinculación de perros de asistencia, que operará sin perjuicio en ningún caso del Censo canino adscrito al Instituto Navarro de Salud Pública.
2. El departamento competente en materia de servicios sociales establecerá reglamentariamente la regulación del Registro de unidades de vinculación de perros de asistencia.
