Da 2 el que se regulan el Registro de Solicitantes de Viviendas con Proteccion Oficial de Cataluña y los procedimientos de adjudicacion de las viviendas con proteccion oficial
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Constitución de la Comisión de Reclamaciones sobre Vivienda Protegida.
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La Comisión de Reclamaciones sobre Vivienda Protegida prevista en el artículo 97 de la Ley del derecho a la vivienda se constituirá en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor de este Decreto. Con esta finalidad y previas las consultas pertinentes, la persona titular del Departamento competente en materia de vivienda procederá al nombramiento del presidente, vocales y secretario y de los respectivos suplentes.
La Secretaría de Vivienda asignará a la Comisión los medios materiales y personales necesarios para su adecuado funcionamiento.
