Da 2 Reordenación del Sector Público de la Junta de Comunidades
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»D.A. 2ª. Modificaciones presupuestarias.
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1. La Consejería competente en materia de economía y hacienda propondrá y autorizará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
2. Con vigencia exclusiva durante el ejercicio 2010, a las transferencias de crédito que se tramiten para dar cumplimiento a lo establecido en esta Ley no les serán de aplicación las limitaciones establecidas en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
