Da 2 Sistema de seguimiento y de informacion sobre el trafico maritimo
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»D.A. 2ª. Sistema EDI de transmisión de información.
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La transmisión de la información que los capitanes, navieros u operadores de los buques deban de cursar a las autoridades portuarias o marítimas, así como la que se curse por estas últimas a las de los restantes Estados miembros de la Unión Europea se hará, preferentemente, a través del sistema EDI.
