Da 2 Subvenciones de Madrid
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»D.A. 2ª.
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Se autoriza al Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior en cuanto se refiere a la concesión de subvenciones y a la imposición de sanciones serán de aplicación los Reglamentos de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas y para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública aprobados, respectivamente, por Decretos Comunitarios 76/1993 y 77/1993, de 26 de agosto.
