Da 2 TR de la Ley de Patrimonio

Da 2 TR. de la Ley de Patrimonio

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D.A. 2ª. Representación en otros órganos.

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El departamento competente en materia de patrimonio participará en los órganos colegiados de aquellos organismos públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón en los que la gestión de su Patrimonio o de los bienes adscritos sea fundamental para la consecución de los fines señalados en sus leyes de creación.