Da 2 Uso de desfibriladores externos

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D.A. 2ª. Colaboración para el cumplimiento de esta Orden.

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El Gobierno de Cantabria colaborará con las entidades locales e instituciones para que las personas físicas o jurídicas responsables de los espacios públicos citados instalen los desfibriladores y los pongan en funcionamiento y cumplan con la obligatoriedad de formar al personal responsable de dichas instalaciones.