Da 20 Medidas tributarias, administrativas y de función pública de Baleares
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA.
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Copiloto jurídico
El Gobierno de las Illes Balears desarrollará y gestionará el sistema de información territorial de las Illes Balears con la colaboración de los consejos insulares y también del resto de administraciones públicas con presencia en las Illes. Esta colaboración puede instrumentarse en cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente.
Hasta que se creen los instrumentos de colaboración a que se refiere el párrafo anterior, la empresa pública Servicios de Información Territorial de las Illes Balears S.A., como medio propio instrumental y servicio técnico de las administraciones públicas, está obligada a llevar a cabo los trabajos que, en los términos que reglamentariamente se fijen, le encarguen la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, los consejos insulares y el resto de entes locales de las Illes Balears, así como también los organismos públicos dependientes de estas administraciones.
