Da 20 Presupuestos 2008 Cantabria
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA. Competencias respecto al nombramiento del profesorado de religión y a la formalización de contratos de trabajo en instituciones sanitarias.
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Con efectos 1 de enero de 2008 y con vigencia indefinida, se establece lo siguiente:
A la Consejería competente en materia de educación, le compete la contratación del profesorado de religión, previo nombramiento por parte de la diócesis, así como la formalización de los contratos de los profesores especialistas mediante relación laboral, al amparo de lo establecido en los artículos 95.2, 96.3, 97.2 y 98.2 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación.
Corresponderá al titular de la Consejería competente en materia de sanidad la formalización de los contratos del personal vinculado mediante relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud y mediante relación laboral especial de alta dirección en el ámbito de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud.
