Da 20 Presupuestos 2014 Generalitat
D.A. 20ª. De los convenios en el ámbito del sector público
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Durante el ejercicio 2014, en el ámbito de las personas jurídicas relacionadas en el artículo 5 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Consell, y de los consorcios participados mayoritariamente por la Administración del Consell o sus entidades autónomas, se exigirá para la tramitación de todo proyecto de convenio, acuerdo o protocolo, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, y de planes o programas, cuya aplicación pueda comportar un incremento de gasto en el ejercicio de inicio de su eficacia o en cualquier ejercicio posterior, que se incorpore al correspondiente expediente, además de una memoria económica en la que se pongan de manifiesto las repercusiones presupuestarias derivadas de su ejecución, un informe de la conselleria con competencias en materia de hacienda, en los mismos términos y condiciones del artículo 28 bis, apartado 2, del citado texto refundido de la Ley de Hacienda Pública Valenciana.
