Da 21 Estatuto de los Trabajadores -Derogado-
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»D.A. 21ª.
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Lo previsto en el artículo 47 de esta Ley no será de aplicación a las Administraciones Públicas y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de una o varias de ellas y de otros organismos públicos, salvo a aquellas que se financien mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado.
Modificaciones
- Modificación realizada (Se añade una disposición adicional vigésima primera) por Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 07-07-2012) en vigor desde 08-07-2012 - Artículo modificado (Articulo historico) por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 11-02-2012) en vigor desde 12-02-2012
