Da 21 Impuesto sobre Sociedades -ISTHG-
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»D.A. 21ª. Socios de agrupaciones de interés económico sometidas a otra normativa.
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(NOTA: Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018)
A las socias y los socios a los que resulte de aplicación la normativa foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa en este impuesto o en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de las agrupaciones de interés económico que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 2 de esta norma foral no estén sometidas a la normativa foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa, les resultará de aplicación, en todo caso, lo dispuesto en el segundo párrafo de la letra c´) y en el último párrafo de la letra b) del apartado 1 del artículo 73 de esta norma foral.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 21ª) por Norma Foral 1/2018, de 10 de mayo, por la que se introducen modificaciones en diversas normas tributarias.
(SS de 17-05-2018) en vigor desde 18-05-2018 - Artículo modificado (D.A. 21ª (se añade)) por NORMA FORAL 5/2016, de 14 de noviembre, de aprobación en el año 2016 de determinadas modificaciones tributarias.
(SS de 18-11-2016) en vigor desde 19-11-2016
