Da 23 General Tributaria de Álava
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»D.A. 23ª. Suspensión en supuestos de tramitación de procedimientos amistosos.
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En caso de que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, se simultanee un procedimiento amistoso en materia de imposición directa previsto en los convenios o tratados internacionales con un procedimiento de revisión de los regulados en el Título V de esta Norma Foral, se suspenderá este último hasta que finalice el procedimiento amistoso.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 23ª (se añade)) por Norma Foral 19/2016, de 23 de diciembre, de modificación de diversas normas forales que integran el sistema tributario de Álava
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2016) en vigor desde 29-01-2017
