Da 24 General Tributaria de Navarra
Ver Indice
»D.A. 24ª. Interés de demora.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con efectos desde el día 1 de enero de 2016, el interés de demora a que se refiere el artículo 50.2.c) queda establecido en el 3,75 por 100 anual.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 24ª (se añade)) por LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015
