Da 24 Impuesto sobre Sociedades -ISTHA-
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»D.A. 24ª. Régimen de sociedades patrimoniales.
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A efectos del cumplimiento del requisito previsto en la letra b) del apartado 1 del artículo 14 de esta Norma Foral, no perderán la consideración de sociedades patrimoniales aquellas entidades que se encuentren participadas por herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso a las que sea de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional trigésima de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 24ª (se añade)) por Norma Foral 18/2017, de 20 de septiembre, de adaptación del sistema tributario de Álava al Derecho Civil Vasco
(Boletín Oficial de Alava de 29-09-2017) en vigor desde 30-09-2017
