Da 24 TR. de la ley general de la seguridad social
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»D.A. 24ª. Regímenes Especiales excluidos de la aplicación de las normas sobre inspección y recaudación.
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Lo dispuesto en la presente Ley en materia de inspección y recaudación de la Seguridad Social no será de aplicación a los Regímenes Especiales de Funcionarios Civiles del Estado, Fuerzas Armadas y Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, en tanto no se disponga otra cosa por el Gobierno.
