D.A. 25ª. Proceso de integración de los Ayudantes Técnicos Educativos.
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Copiloto jurídico
Con carácter excepcional, para la integración en los nuevos cuerpos y escalas regulada en las disposiciones adicionales séptima y octava, el personal funcionario del cuerpo ayudante facultativo de administración especial (ayudante técnico educativo) podrá acceder a su cuerpo de correspondencia previsto en el anexo I con los requisitos de titulación de título de Técnico Superior en Integración Social o en Educación Infantil y, además, cualquier otro título de Técnico Superior de Formación Profesional, o título de Grado universitario, siempre y cuando vengan acompañados de certificado de profesionalidad en atención al alumnado ACNEE en centros educativos.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 25ª (se añade)) por Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja.
(LO de 02-07-2024) en vigor desde 02-07-2024
