Da 25 Presupuestos 2020 de Aragón

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D.A. 25ª. Reconocimiento del componente singular de perfeccionamiento profesional del complemento específico al personal funcionario interino y al personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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1. Se reconoce el derecho al devengo del primer y segundo nivel del componente singular de perfeccionamiento profesional del complemento específico al personal funcionario interino y al personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón contemplado en el Acuerdo del 26 de mayo de 2005 de la Mesa Sectorial de Administración General.

2. Para generar el derecho al devengo del primer nivel, este personal deberá acreditar seis años de servicios efectivos continuados o acumulados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o en otras Administraciones Públicas, y hayan sido reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

3. Para generar el derecho al devengo del segundo nivel, este personal deberá acreditar doce años de servicios efectivos continuados o acumulados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o en otras Administraciones Públicas y hayan sido reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4. El reconocimiento del devengo de este complemento se efectuará previa solicitud del interesado en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente y previa negociación colectiva.