Da 25 Presupuestos Generales para 2023 de Canarias
D.A. 25ª. Modificación de las plantillas de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud e instrumento de planificación plurianual.
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1. En 2023, se podrán incrementar las plazas estructurales previstas en las plantillas orgánicas de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, con objeto de adaptar aquellas a las disponibilidades presupuestarias y a las exigencias derivadas de la modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, llevada a cabo por el Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio.
La modificación de las plantillas se autorizará por la Dirección del Servicio Canario de la Salud con ocasión de la tramitación de los programas de gestión convenida a que se refiere el artículo 48.3 de esta ley, previo informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
En todo caso, la ampliación de las plantillas deberá financiarse con los créditos iniciales del capítulo 1 «Gastos de personal» que no tengan el carácter de ampliables. A tal efecto, la Dirección General de Planificación y Presupuesto tramitará las modificaciones de crédito necesarias.
2. En 2023, el Servicio Canario de la Salud deberá elaborar un instrumento de planificación plurianual, que habrá de abarcar un periodo mínimo de tres años, en el que se analizará la adecuación de las plantillas orgánicas a las necesidades reales de los servicios, y las consiguientes necesidades de financiación.
El instrumento deberá ser aprobado por el Gobierno y servirá de base para la autorización, en su caso, también por este último y con arreglo a la normativa básica vigente, de una tasa de reposición específica.
