Da 28 Presupuestos 2007 Canarias

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D.A. 28ª. Modificación del artículo 10 de la Ley 2/2004, de 28 de mayo, de Medidas Fiscales y Tributarias.

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Con efectos de 1 de enero de 2007 el artículo 10 de la Ley 2/2004, de 28 de mayo, de Medidas Fiscales y Tributarias, queda redactado en los términos siguientes:

"Artículo 10.- Suministro de información a efectos tributarios por los notarios.

El cumplimiento de las obligaciones formales de los notarios que contemplan los artículos 32.3 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y 52 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, se realizará en el formato, condiciones y plazos que se aprueben por orden del consejero competente en materia de hacienda, en la que se podrá establecer que la remisión de dicha información se pueda realizar también o se realice de forma exclusiva en soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática."