Da 29 Derecho a la Vivienda
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DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA NOVENA. Nuevos porcentajes de subvención para la adquisición de vivienda de protección oficial nueva.

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DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA NOVENA. Nuevos porcentajes de subvención para la adquisición de vivienda de protección oficial nueva.

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1. Para los contratos de adquisición o adjudicación de viviendas de protección oficial en primera transmisión que se presenten para su visado administrativo a partir del 1 de enero de 2023, las cuantías de las subvenciones, según tramos de ingresos familiares ponderados, serán las siguientes, expresadas en porcentajes sobre el precio de venta o adjudicación de viviendas, garajes y trasteros anejos:

HASTA 2 VECES SARA

DE 2 HASTA 2,5 VECES SARA

DE 2,5 HASTA 3,5 VECES SARA

Viviendas de protección oficial

16%

12%

7%

En las promociones individuales de viviendas de protección oficial para uso propio que se presenten para calificación provisional a partir del 1 de enero de 2023 se aplicarán los mismos porcentajes sobre el coste total de viviendas, garajes y trasteros anejos.

2. Por orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de vivienda podrán modificarse dichos porcentajes de subvención.

Modificaciones