Da 29 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración
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»D.A. 29ª. Especialidades por razón de la materia tributaria.
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Las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos y sancionadores en materia tributaria, así como su revisión en vía administrativa se regirán por lo dispuesto en la normativa tributaria específica en los términos previstos en la disposición adicional primera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
