Da 29 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Ver Indice
»D.A. 29ª. Aprobación de los Pliegos de Prescripciones Particulares de los servicios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la Ley 33/2010, de 5 de agosto, los pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios existentes en aquella fecha deberán adaptarse, cuando proceda, a los contenidos de esta ley. Asimismo, si en aquella fecha no estuvieran aprobados, deberán aprobarse en ese mismo plazo.
