Da 3 Centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos
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»D.A. 3ª. No incremento del gasto público.
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La creación y funcionamiento del Registro Nacional de Centros de Limpieza y Desinfección, previsto en el artículo 9 de este real decreto, no supondrá incremento del gasto público, y será atendido con los medios existentes en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
