Da 3 Colegios Profesionales de I Balears

Da 3 Colegios Profesionales de I. Balears

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D.A. 3ª.

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1. Se entiende por organización colegial el conjunto de corporaciones colegiales de una determinada profesión. Son corporaciones colegiales el consejo general o superior de colegios, los colegios de ámbito estatal, los consejos autonómicos de los colegios y los colegios profesionales.

2. Los colegios profesionales regulados a esta ley tendrán, en los consejos generales de sus respectivas profesiones, la intervención que la legislación del Estado les asigne.