Da 3 Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla para el año 2011 el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
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»D.A.3ª.-Medidas fiscales excepcionales aplicables a los sujetos pasivos discapacitados que inicien la actividad empresarial durante el año 2011.
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Los sujetos pasivos discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, que inicien la actividad empresarial durante el año 2011 y determinen su rendimiento neto por el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, reducirán en un 70 por 100, en el ejercicio de inicio de la actividad y en el siguiente, el rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos, así como de los correspondientes índices correctores, en sustitución de los porcentajes de reducción establecidos en el apartado 1 del Anexo III de esta Orden Foral (Aspectos comunes a considerar en todas las actividades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

