Da 3 Contratación
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
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El Consejo de Gobierno es el órgano competente para aprobar los modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la contratación de los entes que, a efectos de la legislación aplicable en materia de contratos del sector público, tienen la consideración de Administración Pública.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 3ª (se añade)) por Decreto 48/2012, de 8 de junio, de modificación del Decreto 20/1997, de 7 de febrero, por el que se crean la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de Contratos y el Registro de Contratistas, y del Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
(PM de 14-06-2012) en vigor desde 15-06-2012
