Da 3 Creación del Consejo de Seguridad Nuclear
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»D.A. 3ª.
Vigente
El Consejo de Seguridad Nuclear podrá encomendar a las Comunidades Autónomas el ejercicio de funciones que le estén atribuidas con arreglo a los criterios generales que para su ejercicio el propio Consejo acuerde.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-04-1980 en vigor desde 15-05-1980