Da 3 Directrices sobre la incorporación de criterios y cláusulas sociales en la contratación pública
D.A. 3ª. Modelos tipo
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Sin menoscabo de la aplicación efectiva de los preceptos contenidos en esta norma, y con la finalidad de optimizar su eficacia, en el plazo de un año, desde su entrada en vigor, el Gobierno, previo informe de la Dirección General del Servicio Jurídico, procederá a la aprobación de modelos tipo de pliegos de cláusulas administrativas particulares, y de contratos tipo de general aplicación a los contratos de naturaleza análoga, adaptados a la incorporación de las condiciones y criterios promulgados con el vigente Decreto. Estos modelos tipo incorporarán, a su vez, un modelo de declaración responsable que facilite a las empresas licitadoras la acreditación previa del cumplimiento de los requisitos generales en los procedimientos de contratación del sector público de Cantabria; en los casos que no sea aplicable el Documento Europeo Único de Contratación -DEUC-.
