Da 3 se establece el régimen jurídico de cooperación entre la Generalitat y los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la construcción y ampliación de centros públicos sanitarios de la Generalitat en el ámbito de la atención primaria
D.A. 3ª. Reajuste de anualidades
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La conselleria competente en materia de sanidad podrá reajustar de oficio previa autorización de la conselleria competente en materia de presupuestos, las anualidades reflejadas en las diferentes resoluciones o actos jurídicos equivalentes que articulan la delegación, a la vista del grado de ejecución de las delegaciones y según la información facilitada por los ayuntamientos.
En todo caso, los ayuntamientos planificarán las anualidades de sus licitaciones en función de sus previsiones y necesidades, teniendo en cuenta que, una vez delegada la actuación tendrán garantizada la financiación de la misma por parte de la Generalitat en los ejercicios que corresponden con las limitaciones establecidas en este decreto ley.
