Da 3 Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
Vigente
El Consejo Jurídico, órgano superior consultivo de la Región, se ajustará en su organización, funcionamiento y régimen interior a su Ley de creación y a su Reglamento, en garantía de la autonomía que le compete.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 19-01-2005