Da 3 Estatuto de los Trabajadores
Ver Indice
»D.A. 3ª. Negociación colectiva y contrato fijo de obra.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Lo dispuesto en el artículo 15.1.a) y 5 y en el artículo 49.1.c) se entiende sin perjuicio de lo que se establece o pueda establecerse sobre la regulación del contrato fijo de obra, incluida su indemnización por cese, en la negociación colectiva de conformidad con la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
