Da 3 Evaluación Ambiental de La Mancha -Derogada-
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»D.A. 3ª. Régimen común con otros ámbitos normativos sectoriales.
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La regulación que se prevé en esta ley constituye el régimen común sobre la evaluación del impacto ambiental de proyectos y la evaluación ambiental de planes y programas aplicables a todos los procedimientos sectoriales en donde deban incardinarse los trámites ambientales referidos. El régimen general opera sin perjuicio del mantenimiento de las especialidades que sean compatibles con el mismo y que vengan establecidas en cada ámbito de regulación sectorial específico.
