Da 3 Fertilización del suelo y deyecciones ganaderas
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»D.A. 3ª. Planes de gestión conjuntos
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Los planes de gestión conjuntos existentes, presentados al amparo del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, no pueden acoger nuevas explotaciones ganaderas a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
Estos planes dejarán de tener vigencia al cabo de un año de la entrada en vigor del presente Decreto. En ese momento, todas las explotaciones que los integraban deben haber presentado un plan individual. Estos cambios en el plan de gestión tendrán, para estas explotaciones, la consideración de modificaciones no sustanciales sin efectos sobre las personas o el medio ambiente.
Dichos planes conjuntos pueden transformarse en centros de gestión de deyecciones.
