Da 3 General de Hacienda Publica

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DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Gestión de los gastos de la Política Agraria Común.

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La gestión de los gastos de la Política Agraria Común se regirá, en cuanto a su ejecución y gestión, por las normas y procedimientos establecidos en los Reglamentos de la Unión Europea que sean de aplicación, por las normas básicas del Estado en esta materia, y por las que, en su caso, pueda dictar la Comunidad Autónoma.