Da 3 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Inexigibilidad de la garantía financiera obligatoria a las personas jurídicas públicas.
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El artículo 124 no es de aplicación a la Administración de la Junta de Andalucía, ni a los organismos públicos vinculados o dependientes de aquella. Tampoco será de aplicación a las entidades locales, ni a los organismos autónomos ni a las entidades de derecho público dependientes de las mismas.
