Da 3 Gestión de la seguridad de las carreteras
D.A. 3ª. Realización de las mejores prácticas en materia de gestión de la seguridad vial en el resto de la Red autonómica de carreteras de Galicia
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Copiloto jurídico
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia podrá aplicar, como forma de incorporar la realización de las mejores prácticas en la materia, determinados instrumentos y procedimientos previstos en este decreto, tales como las evaluaciones de impacto de la seguridad vial, las auditorías de seguridad vial, la evaluación de la seguridad de las carreteras del conjunto de la red y las inspecciones de seguridad vial, a otras carreteras pertenecientes a la Red autonómica de carreteras de Galicia, aun cuando no formen parte del ámbito de aplicación de este decreto, cuando las condiciones de seguridad vial en dichas carreteras así lo justifique.
La relación de las carreteras de titularidad autonómica en las que se apliquen los diferentes instrumentos y procedimientos previstos en este decreto, al amparo del párrafo anterior, se hará pública en el sitio web de la consellería de la Xunta de Galicia competente en materia de carreteras.

