Da 3 Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos
- Con efectos de 10 de junio de 2025, el Decreto Legislativo 1/2025, de 28 de mayo, deroga la presente norma, excepto la disposición transitoria única. - DECRETO LEGISLATIVO 1/2025, de 28 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de los Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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»D.A. 3ª. Aplicación de los beneficios fiscales.
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Mediante orden conjunta de los departamentos competentes en materia de despoblación e industria y energía se establecerán reglamentariamente los requisitos que deben reunir los programas y actuaciones concretas dirigidas a la mejora del bienestar socioeconómico y a la lucha contra la despoblación en los municipios afectados directamente por la implantación de parques eólicos y de parques fotovoltaicos contemplados en esta ley, a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la misma.
