Da 3 Medidas 2021 fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana
D.A. 3ª. Medidas extraordinarias y específicas del procedimiento de admisión del alumnado e inicio de curso 2021-2022
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Copiloto jurídico
1. En el procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2021-2022, la Inspección General de Educación, en colaboración con los servicios competentes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y con el apoyo de los ayuntamientos, asumirá las funciones atribuidas a las comisiones de escolarización, de distritos y sectoriales por el Decreto 40/2016, de 15 de abril, del Consell, y por la Orden 7/2016, de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de las facultades atribuidas por la normativa básica estatal a las comisiones de escolarización. Para el cumplimiento de las funciones que la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, atribuye a las comisiones de escolarización, se habilitarán, en su caso, los medios tecnológicos para que puedan hacerlo telemáticamente.
2. El procedimiento de admisión a las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, formación profesional de grado medio y formación profesional de grado superior para el curso 2021-2022, se tramitará de forma electrónica. La administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos.
2.1. Cada persona solicitante formulará una única solicitud, que contendrá una declaración responsable de cada una de las circunstancias requeridas para la admisión.
2.2. En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas.
2.3. Los resultados en los procesos de admisión en los centros docentes sostenidos con fondos públicos se comunicarán a través de la sede electrónica de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
2.4. La formulación de reclamaciones al resultado provisional y definitivo de admisión del alumnado se realizará por medios electrónicos.
2.5. En el procedimiento de admisión en los centros docentes sostenidos con fondos públicos las personas interesadas podrán usar los siguientes sistemas de verificación de identidad a fin de formular la solicitud de admisión:
a) Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
b) Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve.
c) eDNI, con su respectivo lector.
d) Combinación del DNI e IDESP o número de apoyo, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior.
e) Combinación del NIE e IXESP, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior.
f) Número de certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, precedido por la letra C, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior.
