Da 3 medidas para la apli... Fomentera

Da 3 medidas para la aplicacion de la ley 7/2006, de 3 de mayo, reguladora de la Camara Oficial de Comercio, Industria y Navegacion de Ibiza y Fomentera

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D.A. 3ª. Disposiciones relativas a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca, Ibiza y Formentera

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1. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca, Ibiza y Formentera pasará a denominarse Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca, cuyo ámbito territorial comprende la isla de Mallorca.

2. Una vez constituida la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ibiza y Formentera, sus miembros perderán la condición de miembros del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca, así como de la Comisión Especial de Ibiza y Formentera de la citada Cámara.

3. En el plazo de tres meses desde la constitución de la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ibiza y Formentera, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca deberá enviar a la Consejería de Comercio, Industria y Energía un Proyecto de modificación de su Reglamento de Régimen Interior, para adaptarlo a la nueva situación establecida por la Ley 7/2006, de 3 de mayo.