Da 3 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
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A efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas por los reglamentos sobre la financiación de la política agrícola común de la Unión Europea, la Conselleria competente en materia de agricultura podrá ordenar a las sociedades públicas con capacidad para actuar como medio propio de la administración, la realización de las tareas de controlar y verificar los hechos en base a los cuales se conceden las ayudas y subvenciones provenientes de fondos europeos, o de apoyo a la ejecución de las funciones del Organismo Pagador de las citadas ayudas.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición adicional tercera) por Ley 16/2008, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestion Administrativa y Financiera, y de Organizacion de la Generalitat.
(BOE de 31-01-2009) en vigor desde 01-01-2009
