Da 3 Medidas en materia de personal al servicio de la Administración Foral
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»D.A. 3ª. Continuidad en el desempeño de funciones por el personal encuadrado en nivel/grupo superior.
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Lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente Decreto-ley Foral no supondrá que los afectados dejen de realizar ninguna de las funciones que actualmente vienen desempeñando, ni implicará la asignación de funciones propias de otro puesto de trabajo.
