Da 3 Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal
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»D.A. 3ª. Aplicación del régimen fiscal del ICO al ICF.
Vigente
El régimen fiscal del Instituto Catalán de Finanzas será el aplicable al Instituto de Crédito Oficial. Cualquier modificación que se introduzca en el ordenamiento jurídico, para establecer un régimen tributario específico para el Instituto de Crédito Oficial, resultará también de aplicación al Instituto Catalán de Finanzas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2021 en vigor desde 11-07-2021