Da 3 Modelo 198, declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios
Da 3 Modelo 198, declarac...obiliarios

Da 3 Modelo 198, declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 3ª. Modificación de los anexos II y III de la Orden de 24 de noviembre de 2000 por la que se aprueban los modelos 347, en pesetas y en euros, de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Primero.-En la Casilla «clave código» del apartado «cumplimentación de las hojas interiores» de las «instrucciones para cumplimentar el modelo 347» que se recogen en el anexo II de la Orden a la que se refiere esta disposición, se añaden dos nuevas claves con el siguiente contenido:

[F] Ventas agencia viaje: Servicios documentados mediante facturas expedidas por agencias de viajes, al amparo de la disposición adicional cuarta del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el artículo primero del Real Decreto 1496/2003.

[G] Compras agencia viaje: Prestaciones de servicios de transportes de viajeros y de sus equipajes por vía aérea a que se refiere la disposición adicional cuarta del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Segundo.-En la posición 82 del «tipo de registro 2: registro de declarado», de los diseños lógicos que se recogen en el anexo III de la Orden a la que se refiere esta disposición, se añaden dos nuevas claves con el siguiente contenido:

[F] Ventas agencia viaje: Servicios documentados mediante facturas expedidas por agencias de viajes, al amparo de la disposición adicional cuarta del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el artículo primero del Real Decreto 1496/2003.

[G] Compras agencia viaje: Prestaciones de servicios de transportes de viajeros y de sus equipajes por vía aérea a que se refiere la disposición adicional cuarta del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-11-2004 en vigor desde 30-11-2004