Da 3 Modificacion del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y Reordenac... de Caracter Publico
Da 3 Modificacion del Reg...er Publico

Da 3 Modificacion del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y Reordenacion de las Prestaciones Patrimoniales de Caracter Publico

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DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Cuantías exigibles en 1998 de las tasas reguladas en el Título I de esta Ley.

Vigente

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1. Las cuantías exigibles por las tasas reguladas en el Título I de la presente Ley serán las resultantes de aplicar a las vigentes durante 1997 el coeficiente de actualización previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1998.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior a partir de la entrada en vigor de la presente Ley:

  1. En el caso de la tasa por expedición de cartografía náutica, prevista en la Sección II del Capítulo V del Título I, las cuantías exigibles serán las contempladas en el artículo 42 de la presente Ley, y

  2. En el caso de la tasa por la prestación de servicios del Organismo autónomo Fondo de Explotación de los Servicios de Cría Caballar y Remonta, prevista en la Sección III del Capítulo V del Título I, las cuantías exigibles serán las contempladas en el artículo 49 de la presente Ley.

3. La tarifa B.2 de la tasa por prestación de servicios y utilización del dominio público aeroportuario, así como aquellas otras tarifas de la misma cuya recaudación se efectúe mediante cajeros automáticos habilitados a dichos efectos, podrán ser redondeadas, tras la aplicación a las vigentes durante 1997 del coeficiente de actualización previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1998 al múltiplo de 25 más próximo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-07-1998 en vigor desde 15-07-1998