D.A. 3ª. Tratamiento de los datos contenidos en los documentos.
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Los documentos notariales a los que se refiere esta Orden podrán ser objeto de tratamiento mediante sistemas automatizados y tecnologías de inteligencia artificial a efectos tributarios.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 3ª (se añade)) por ORDEN HAP/130/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden HAP/1226/2017, de 7 de agosto, por la que se regulan las obligaciones formales de los Notarios en el ámbito de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones.
(AR de 10-02-2025) en vigor desde 11-02-2025
