Da 3 Ordenación y Participación en la Gestión del Agua
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Aplicación general del canon de saneamiento.
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El canon de saneamiento se aplicará en todos los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón a partir del 1 de julio de 2005, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposiciones adicional tercera) por LEY 12/2004, de 29 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas.
(BOE de 18-02-2005) en vigor desde 01-01-2005
