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Da 3 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras

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D.A. 3ª. Cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio.

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Se podrá actualizar por orden ministerial el límite de 61.000 euros que se establece como cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil cuando tenga la consideración de riesgo accesorio conforme a lo establecido en el anexo A) b) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, siempre que dicho importe no supere el valor asegurado respecto del riesgo principal.