Da 3 Organizaciones interprofesionales agroalimentarias -Estatal-
Ver Indice
»D.A. 3ª. Infracciones a la libre competencia.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La comisión por parte de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias de infracciones a la libre competencia podrán dará lugar, una vez sancionada por el Tribunal de Defensa de la Competencia, a la suspensión temporal o retirada definitiva del reconocimiento otorgado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación cuando tales infracciones supongan un menoscabo o lesión de las finalidades previstas en el artículo 3 de la presente Ley.
