Da 3 Presupuesto del Territorio Histórico de Álava
D.A. 3ª. Tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal de la Diputación Foral de Álava.
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Con efectos desde 1 de enero de 2023, se modifica el artículo 6 de la normativa reguladora de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal de la Diputación Foral de Álava, aprobada por la Norma Foral 21/2015, de 23 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2016, que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 6. Estarán exentos del pago de la tasa quienes en la fecha de presentación de la solicitud sean:
- personas que acrediten su condición de discapacitado en un grado igual o superior al 33 por ciento.
- personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de convocatoria de las pruebas selectivas de acceso a la Diputación Foral de Álava.
A esta exención no podrán acogerse aquellos aspirantes que figuren como demandantes de "mejora de empleo", ni aquellas personas que perciban prestaciones económicas como demandantes de empleo.
- personas víctimas de violencia de género.
